Ia Agència d’informació avaluació i qualitat en salud del Servicio Catalán de Salud ha publicado una nota sobre las indicaciones de uso del dabigatran , que junto con lo publicado por la AEMPS y un vínculo a la hoja de evaluación de dabigatran del Servicio Extremeño de Salud, os dejamos a continuación por lo que clarifican la pauta a seguir
Información del Servicio Catalán de Salud:
Indicación revisada: Prevención del accidente vascular cerebral (AVC) y del embolismo sistémico en pacientes adultos con fibrilación auricular no valvular con uno o más de los siguientes factores de riesgo:
- Antecedentes de accidente cerebrovascular, accidente isquémico transitorio o embolismo sistémico
- Fracción de eyección ventricular izquierda <40%
- Insuficiencia cardiaca sintomática, de clase 2 o superior según la clasificación de la New York Heart Association (NYHA)
- Edad ≥ 75 años
- Edad ≥ 65 años asociada a diabetes mellitus, enfermedad coronaria o HTA
Recomendaciones de uso en el ámbito del CatSalut
Se considera en general adecuado, los anticoagulantes orales (acenocumarol y warfarina) permanecen como tratamiento de elección en pacientes con FA no valvular con un riesgo moderado o alto de AVC y con un buen control del INR.
Por otro lado, el tratamiento con dabigatrán sería recomendable en pacientes que cumplan alguno de los siguientes criterios
- Antecedentes de AVC hemorrágico o riesgo elevado de hemorragia intracraneal
- Mal control del INR aunque una buena evidencia de cumplimiento
- Alergia o intolerabilidad los efectos adversos de los anticoagulantes orales
- Seguimiento del INR dificultoso o poco práctico
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios aconseja:
- Antes de iniciar el tratamiento debe evaluarse la función renal en todos los enfermos y no debe utilizarse en pacientes con insuficiencia renal grave
- Durante el tratamiento, debe evaluarse la función renal en determinadas situaciones clínicas cuando se sospeche que la función renal podría disminuir o deteriorarse
- En enfermos mayores de 70 años o con insuficiencia renal, debe evaluarse la función renal al menos una vez al año
Oficina de Evaluación de Medicamentos SES
Responder